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A lo largo de los más de 30 años de historia de la institución, hemos contado con muchas personas que nos han ayudado a crear Escuela con su legado. Gracias a sus valiosas aportaciones, hemos alcanzado la estabilidad financiera que nos permite llevar a cabo proyectos a medio y largo plazo. Este logro ha posicionado a la Escuela como un referente internacional en el ámbito cultural y educativo, cumpliendo así con nuestros dos objetivos fundamentales: la formación de jóvenes músicos y la difusión de la música en la sociedad.
Cada año la Escuela acoge a 150 alumnos de más de 30 nacionalidades, quienes se benefician de matrícula gratuita. Estos jóvenes talentos comparten su música con el público a través de más de 300 conciertos, consolidando así nuestro compromiso con el desarrollo artístico y la conexión entre la música y la sociedad.
Es una manera de contribuir con tu herencia a la sociedad y, en este caso concreto, a la cultura y la educación. Puedes hacer partícipe de tu legado a la Fundación Albéniz nombrándola heredera en parte o de manera universal. Los bienes donados puede ser una cantidad de dinero, así como propiedades o cualquier otro activo. Además, tu legado solidario puede tener muchas formas: la Escuela puede distribuirlo en base a sus necesidades o puedes elegir un fin concreto.
Puedes encontrar más detalles en este folleto informativo.
Si compartes nuestra misión y quieres contribuir a la cultura de manera extraordinaria con tu legado, nosotros te ayudamos a hacerlo acompañándote en todos los pasos. No dudes en contactarnos y te ayudaremos a hacer tu sueño realidad.
O si lo prefieres, rellena este formulario y nosotros nos pondremos en contacto contigo:
Para facilitar el proceso, a continuación presentamos las preguntas más habituales que recibimos en relación con cuestiones legales y administrativas.
Es la declaración de voluntad escrita de una persona por la que dispone el destino de sus bienes y obligaciones.
La herencia es el total de bienes, derechos y obligaciones que permanecen tras el fallecimiento de una persona. En el supuesto de que haya herederos forzosos se divide en tres partes iguales.
La legítima estricta: equivale a la tercera parte de la herencia, que les corresponde a los herederos forzosos, hijos y descendientes, si no los hay, padres y ascendientes, y la viuda o viudo. Se reparte a partes iguales.
El tercio de mejora: el testador debe destinar esta parte a los herederos forzosos (legitimarios), aunque no necesariamente por partes iguales.
El tercio de libre disposición: el testador puede decidir con absoluta libertad su adjudicación a un familiar, un tercero o una persona jurídica.
En el caso de que no existan herederos forzosos, el testador podrá libremente decidir sobre la totalidad de su patrimonio en testamento.
Se trata de un procedimiento sencillo, económico y siempre revocable. Puede resultar muy útil, ya que permite planificar el futuro, proteger a tus seres queridos, transmitir tus valores y garantizar el cumplimiento de tu voluntad. También permite determinar a qué personas u organizaciones quieres transmitir tu patrimonio o parte del mismo. Facilita el reparto de tus bienes, reduciendo los trámites administrativos que deben realizarse cuando no hay testamentos y los gastos derivados de estos.
Es una forma de disposición de bienes en la que una persona cede una parte de su patrimonio, bienes o derechos a una persona física o jurídica. Debe indicarse expresamente en el testamento y no puede perjudicar la legítima de los herederos forzosos, en caso de que los haya.
La única limitación legal es respetar la legítima de los herederos forzosos.
Puedes legar una cantidad fija de dinero o establecer un porcentaje sobre el valor total de tu patrimonio. También es posible hacer donaciones en especie (bienes inmuebles, obras de arte, etc.) o cualquier otro activo.
Independientemente del valor del patrimonio transmitido, la mayoría de los testamentos otorgados ante notario suelen costar entre 40 y 60 euros.
No, solo necesitas contactar con tu notario para que se realice una modificación del mismo. Puedes modificar tu testamento en cualquier momento y hacerlo tantas veces como quieras. El último testamento otorgado es el que tendrá valor legal.
Se recomienda incluir la figura del albacea, que es la persona a la que se le encarga distribuir la herencia conforme a la voluntad del testador. En caso de que no exista esta figura, los herederos serán los responsables de notificar y entregar el legado solidario. Por su parte, el notario que ha autorizado el testamento está obligado a notificarlo a las entidades no lucrativas que aparezcan en el mismo, en el momento que conozca el fallecimiento del testador.
En cualquier caso, si decides incluir a la Fundación Albéniz en tu testamento, te aconsejamos que nos lo comuniques.
Haremos que tu legado se destine a la finalidad con la que más te identifiques. Tu legado puede tener muchas formas. La Fundación Albéniz puede distribuirlo en base a sus necesidades o puedes elegir un fin concreto que se corresponda con los fines y actividades que desempeña la Fundación Albéniz.
Sí, puedes cambiar el testamento tantas veces como desees. Se considerará válido el más reciente.
Los bienes y derechos que otorgues a la Fundación Albéniz no se verán mermados por impuestos, ya que, al ser una entidad sin fines lucrativos, no está sujeta a tributación en el Impuesto de Sucesiones ni en el Impuesto sobre Sociedades.
Puedes ponerte en contacto con June Alzola, Relaciones con mecenas particulares, llamando al +34 913 511 060 o enviándole un correo electrónico a donaciones@escuelareinasofia.es